Ley [LGSM]
Artículo 227 de Ley General De Sociedades Mercantiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 227.- Las sociedades constituidas en alguna de las formas que establecen las fracciones I a V del artículo 1º, podrán adoptar cualquier otro tipo legal. Asimismo podrán transformarse en sociedad de capital variable.