Artículo 261.- La denominación se formará libremente, pero distinta de la de cualquier otra sociedad y siempre seguida de las palabras “Sociedad por Acciones Simplificada” o de su abreviatura “S.A.S.”.

Artículo derogado DOF . Adicionado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 261

Ampliar

Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 261 Llegan al 261
  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Publicidad