Ley [LGSNA_200521]

Artículo 26 de Ley General Del Sistema Nacional Anticorrupción

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Artículo 26. El patrimonio de la Secretaría Ejecutiva estará integrado por:

  1. Los bienes que le sean transmitidos por el Gobierno Federal para el desempeño de sus funciones;
  2. Los recursos que le sean asignados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes, y
  3. Los demás bienes que, en su caso, le sean transferidos bajo cualquier otro título.
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Ley General Del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA_200521)

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