Ley [LGSNA_200521]

Artículo 8 de Ley General Del Sistema Nacional Anticorrupción

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 8. El Comité Coordinador es la instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema Nacional y tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias