séptimo..- Los derechos de las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública que a la entrada en vigor de este Decreto cuenten con un nivel de estudios inferior al establecido en este para su ingreso o permanencia deberán ser respetados y sus respectivas instituciones deberán realizar acciones para que obtengan el nivel de estudios que corresponda.
Ley [LGSNSP]
Artículo séptimo de Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública
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Ley General Para Prevenir, Investigar Y Sancionar Los Delitos En Materia De Extorsión, Reglamentaria De La Fracción Xxi Del Artículo 73 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[LGPISDME]
Vínculo entre normas
Ley Nacional Del Registro De Detenciones
[LNRD_270519]
Vínculo entre normas
Ley De Migración
[LMigra]
Vínculo entre normas
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
[CPEUM]
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