Ley [LGV]

Artículo octavo de Ley General De Víctimas

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley General De Víctimas (LGV)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

TRANSITORIOS

octavo..- En un plazo de 180 días naturales deberán ser reformadas las Leyes y Reglamentos de las instituciones que prestan atención médica a efecto de reconocer su obligación de prestar la atención de emergencia en los términos del artículo 38 de la presente Ley.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad