Ley [LICal_010720]
Artículo 106 de Ley De Infraestructura De La Calidad
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Tercero TÍTULO Primero CAPÍTULO IV
Artículo 106. El Centro Nacional de Metrología estará integrado por un Consejo Directivo, un Director General y el personal de confianza y operativo que se requiera.