Ley [LIE]
Artículo 24 de Ley De Inversión Extranjera
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 24.- La Comisión será presidida por el Secretario de Economía y para su funcionamiento contará con un Secretario Ejecutivo y un Comité de Representantes.
Artículo reformado DOF