Ley [LIFNCT]

Artículo 7 de Ley Del Instituto Del Fondo Nacional Para El Consumo De Los Trabajadores

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 7.- Las relaciones de trabajo entre el Instituto y su personal se regirán por la , reglamentaria del Apartado "A" del artículo de la .

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