Ley [LINS]
Artículo 42 de Ley De Los Institutos Nacionales De Salud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 42. La Secretaría, como coordinadora de sector, promoverá la creación de incentivos fiscales y de otros mecanismos de fomento para que los sectores social y privado realicen inversiones crecientes para la investigación en salud.