Lectura de artículo · LISSFAM

Artículo 5o.

Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas

Artículo 5o. El órgano de Gobierno del Instituto es la Junta Directiva, la que se integra por nueve miembros: tres designados por la , tres por la de Marina y tres por la de Hacienda y Crédito Público.

El Ejecutivo Federal designará un Presidente y un Vicepresidente de los propuestos por la o la de Marina.

Cuando el Presidente sea de los propuestos por la , el Vicepresidente será de los propuestos por la , o viceversa.

Por cada uno de los integrantes de la Junta Directiva, y en los términos del primer párrafo de este artículo, se designarán los suplentes respectivos, excepto para el presidente y el vicepresidente.

Los integrantes propietarios y suplentes de la Junta Directiva tendrán, cuando menos, un nivel jerárquico de director general dentro de la dependencia a que pertenezcan; y los miembros suplentes, como mínimo una categoría equivalente a la de director de área.

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