Ley [LISSSTE]
Artículo 55 de Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 55. Se establece el seguro de riesgos del trabajo en favor de los Trabajadores y, como consecuencia de ello, el Instituto se subrogará en la medida y términos de , en las obligaciones de las Dependencias o Entidades, derivadas de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo y de la , por cuanto a los mismos riesgos se refiere.