Ley [LNRD_270519]

Artículo 8 de Ley Nacional Del Registro De Detenciones

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Ley Nacional Del Registro De Detenciones (LNRD_270519)

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Artículo 8. Las disposiciones de esta Ley se interpretarán de modo que no restrinjan ni menoscaben los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por los Tratados Internacionales en la materia de los que el Estado mexicano sea parte.

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