Ley [LOAM]
Artículo 11 de Ley Orgánica De La Armada De México
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 11. Las Fuerzas Navales están integradas por el personal naval, unidades de superficie, aeronavales y de infantería de marina, organizadas para el cumplimiento de la misión y atribuciones asignadas a la Armada de México, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
Las personas titulares de las Comandancias de las Fuerzas Navales serán de la categoría de Almirante y estarán subordinadas a quien ejerza la Jefatura de Operaciones Navales.