Ley [LOAM]
Artículo 68 de Ley Orgánica De La Armada De México
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 68. Las Escalas de los Servicios técnico no profesional, están integradas por el personal que haya recibido capacitación en los establecimientos educativos navales o que, al ingresar al servicio activo de la Armada de México, cuenten con habilidades sobre un oficio en particular.