Ley [LOAM]
Artículo 86 de Ley Orgánica De La Armada De México
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 86. El escalafón de la Armada de México, se integra agrupando al personal naval por Cuerpos y Servicios, Núcleos y Escalas en orden descendente, en razón de la Categoría, Grado y antigüedad en el Grado, de cada elemento, señalando las especialidades que ostenten.