Ley [LOBNOSP]
Artículo 22 de Ley Orgánica Del Banco Nacional De Obras Y Servicios Públicos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 22.- El Director General será designado por el Ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo de la Ley Reglamentaria del Servicio de Banca y Crédito.