Ley [LOBNOSP]
Artículo 22 de Ley Orgánica Del Banco Nacional De Obras Y Servicios Públicos
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Ley Orgánica Del Banco Nacional De Obras Y Servicios Públicos (LOBNOSP)
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Artículo 22.- El Director General será designado por el Ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio de Banca y Crédito.