Ley [LOCFCRL_060120]

Artículo 1 de Ley Orgánica Del Centro Federal De Conciliación Y Registro Laboral

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 1. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y con plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión.

La autonomía presupuestaria a la que se refiere el párrafo anterior, se sujetará a lo establecido en los artículos , fracción II y de la .

Al Centro le será aplicable la en lo no previsto en la .

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