Ley [LOCFCRL_060120]
Artículo 16 de Ley Orgánica Del Centro Federal De Conciliación Y Registro Laboral
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Ley Orgánica Del Centro Federal De Conciliación Y Registro Laboral (LOCFCRL_060120)
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Artículo 16. Las sesiones podrán ser:
- Ordinarias: por lo menos cuatro veces al año, y
- Extraordinarias: las ocasiones que sean necesarias para el cumplimiento de los fines de la Junta de Gobierno.