Ley [LOEFAM]

Artículo 39 de Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 39. Si en un Sector se haya ubicada una Base o Instalación de otra Fuerza Armada, los Comandantes de éstas, ejercerán su autoridad solamente dentro de la jurisdicción que los ordenamientos legales les asignen.

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