Ley [LOPDC]

Artículo 24 de Ley Orgánica De La Procuraduría De La Defensa Del Contribuyente

Ver ley completa

Artículo 24.- En caso de que no se comprueben las irregularidades imputadas, la Procuraduría en el término de cinco días, después de recepcionado el informe de las autoridades responsables, dictará acuerdo de no responsabilidad.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Buscar en esta ley Por artículo o término

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Orgánica De La Procuraduría De La Defensa Del Contribuyente (LOPDC)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad