Ley [LOPDC]
Artículo 26 de Ley Orgánica De La Procuraduría De La Defensa Del Contribuyente
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 26.- La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente estará obligada a entregar las pruebas que resulten necesarias a la autoridad a quien se dirigió una recomendación, con el objeto de que dicha autoridad cuente con los elementos necesarios para cumplimentar, en todo caso, la recomendación de que se trate.