Ley [LPEAM]
Articulo 3
Ley De Protección Del Espacio Aéreo Mexicano
Artículo 3. La Secretaría de la Defensa Nacional coordinará la participación de las autoridades correspondientes para que, desde su ámbito de competencia, coadyuven a la vigilancia y protección del Espacio Aéreo Mexicano, en el ámbito que compete a la Seguridad Nacional.