Ley [LPEAM]
Articulo 6
Ley De Protección Del Espacio Aéreo Mexicano
Artículo 6. La Secretaría previo acuerdo del Consejo, emitirá las disposiciones técnicas y administrativas necesarias para el cumplimiento de , que se publicarán en el .
La interpretación de para efectos administrativos corresponderá a la Secretaría.