Ley [LPEAM]

Articulo 6

Ley De Protección Del Espacio Aéreo Mexicano

Artículo 6. La Secretaría previo acuerdo del Consejo, emitirá las disposiciones técnicas y administrativas necesarias para el cumplimiento de , que se publicarán en el .

La interpretación de para efectos administrativos corresponderá a la Secretaría.

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