Ley [LPERC]

Artículo 109 de Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles

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Artículo 109.- El Premio Nacional de Derechos Humanos es el reconocimiento que la sociedad mexicana confiere, a través del organismo constitucional autónomo de derechos humanos, a las personas que se han destacado en la promoción efectiva y defensa de los derechos fundamentales.

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