Lectura de artículo · LPF

Artículo 15

Ley De La Policía Federal

Artículo 15. La actuación de los miembros de la Policía Federal se sujetará, invariablemente, a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución.

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