Ley [LSE]

Artículo 84 de Ley Del Sector Eléctrico

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Ley Del Sector Eléctrico (LSE)

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Artículo 84.- La CNE debe incluir en las Reglas del Mercado y Disposiciones Operativas, lineamientos relativos a los Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica dentro del Mercado Eléctrico Mayorista que fortalezcan la Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Accesibilidad, eficiencia, Sostenibilidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional.

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