Artículo 52.- Los médicos de que habla el artículo 48 durante los períodos que el Reglamento de esta Ley determine para que tengan lugar los reconocimientos médicos quedarán exentos de todo otro servicio militar.
Ley [LSM]
Artículo 52.- Los médicos de que habla el artículo 48 durante los períodos que el Reglamento de esta Ley determine para que tengan lugar los reconocimientos médicos quedarán exentos de todo otro servicio militar.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley Del Servicio Militar (LSM)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.