Ley [LSNIEG]

Artículo 82 de Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 82.- El patrimonio del Instituto se integra con:

  1. Los bienes inmuebles o muebles que adquiera para el cumplimiento de su objeto, incluyendo los que la Federación haya destinado para tal fin o para su uso exclusivo;
  2. Los recursos que anualmente apruebe para el Instituto la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el Presupuesto de Egresos de la Federación;
  3. Las donaciones que reciba para el cumplimiento de su objeto, y
  4. Los ingresos que reciba por cualquier otro concepto, incluso los derivados de la aplicación de la .
El Instituto no podrá tener más bienes inmuebles que los estrictamente necesarios para cumplir con su objeto.
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