Ley [LSS]

Artículo 56 de Ley Del Seguro Social

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Del Seguro Social (LSS)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 56. El asegurado que sufra un riesgo de trabajo tiene derecho a las siguientes prestaciones en especie:

  1. Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica;
  2. Servicio de hospitalización;
  3. Aparatos de prótesis y ortopedia, y
  4. Rehabilitación.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad