Ley [LViv]
Artículo 41 de Ley De Vivienda
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 41.- El Ejecutivo Federal promoverá la participación de los sectores social y privado en la instrumentación de los programas y acciones de vivienda.
Ley [LViv]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 41.- El Ejecutivo Federal promoverá la participación de los sectores social y privado en la instrumentación de los programas y acciones de vivienda.