Artículo 41.- El Ejecutivo Federal promoverá la participación de los sectores social y privado en la instrumentación de los programas y acciones de vivienda.
Ley [LViv]
Artículo 41.- El Ejecutivo Federal promoverá la participación de los sectores social y privado en la instrumentación de los programas y acciones de vivienda.
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Ley De Vivienda (LViv)
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