Reglamento [Reg_LAAM]

Artículo 135 de REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

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REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (Reg_LAAM)

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Artículo 135

TÍTULO SEXTO - EXCLUSIÓN, POSTERGACIÓN E INCONFORMIDADES · CAPÍTULO I - De la Exclusión y Postergación

Artículo 135. Se entenderá como postergación de la persona participante, lo señalado en el artículo 11, fracción IV del Reglamento de la Junta Naval.

Artículo reformado DOF 22-09-2010, 11-03-2016, 02-04-2026

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