Artículo 75.- Los deberes navales, las capacidades y habilidades físicas que ordinariamente desarrolla el personal participante acorde con su grado, serán determinantes para que la Comisión Coordinadora diseñe las pruebas físicas que se aplicarán al personal convocado, considerando:
Párrafo reformado DOF 22-09-2010
I. Grado;
Fracción reformada DOF 22-09-2010
II. Cuerpo o Servicio (Núcleo o Escala);
III. Misiones de la unidad o establecimiento en que presta su servicio;
IV. Edad;
V. Sexo;
VI. Seguridad e integridad personal;
VII. Situaciones de riesgo a que se encuentre normalmente expuesto, y
VIII. Condiciones de sobrevivencia en situaciones críticas.