Artículo 23.- Hacienda propondrá a las dependencias y entidades participantes, con base en la investigación de mercado, el procedimiento de contratación que resulte procedente realizar, para la determinación correspondiente y será la encargada de llevar a cabo el mismo, conforme a lo establecido en la Ley y el presente Reglamento.
Reglamento [Reg_LAASSP]
Artículo 23 de REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
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TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO SEGUNDO - DE LAS CONTRATACIONES CONSOLIDADAS
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