Título Cuarto - De las aeronaves civiles, de la certificación de producción, de sus operaciones y de los talleres aeronáuticos · Capítulo VIII - De la protección al ambiente
ARTÍCULO 149. La Agencia Federal de Aviación Civil emitirá las normas oficiales mexicanas y las disposiciones técnico-administrativas relativas a la homologación de ruido que contemplarán los parámetros y criterios de medición y evaluación, así como la fecha límite, requisitos y condiciones de cumplimiento.
Artículo reformado DOF 31-05-2023