CAPÍTULO CUARTO - De la Contratación de los Proyectos · Sección Tercera - De las Excepciones al Concurso
Artículo 91.- En todo lo no previsto para los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa, les serán aplicables, en lo procedente, las disposiciones de este Reglamento para el procedimiento de Concurso.