Lectura de artículo · Reg_LAPP

Artículo 96

REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas

Artículo 96

CAPÍTULO QUINTO - De los Bienes Necesarios para los Proyectos · Sección Segunda - De las Adquisiciones por Vía Convencional

Artículo 96.- Las adquisiciones mencionadas en el primer párrafo del artículo 95 inmediato anterior de este Reglamento se ajustarán a los parámetros y factores que indiquen los avalúos previstos en el artículo 68 de la Ley. El pago de estos avalúos será cubierto por la dependencia o entidad interesada.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 96

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 96 Llegan al 96
Publicidad