Lectura de artículo · Reg_LAREFAGN

Artículo 20

REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Artículo 20

TÍTULO SEGUNDO - De los Ascensos en Tiempo de Paz · CAPÍTULO II - Acreditación de Requisitos · SECCIÓN QUINTA - Conducta

ARTÍCULO 20.- La acreditación de la buena conducta a que se refiere la presente Sección, se considerará únicamente para efectos de ascenso.

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