TÍTULO SEGUNDO - De los Ascensos en Tiempo de Paz · CAPÍTULO IV - Modalidades de Ascenso · SECCIÓN QUINTA - Por acreditar la aptitud profesional en la Promoción Especial
ARTÍCULO 53.- La Promoción Especial tiene como propósito comprobar la aptitud profesional de las personas con la jerarquía de Subtenientes que acrediten los requisitos señalados para el ascenso a Teniente en el artículo 19 de la Ley.
Artículo reformado DOF 20-03-2026