Reglamento [Reg_LAREFAGN]

Artículo 57 de REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LAREFAGN)

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Artículo 57

TÍTULO SEGUNDO - De los Ascensos en Tiempo de Paz · CAPÍTULO IV - Modalidades de Ascenso · SECCIÓN SEXTA - Por Concurso de Selección

ARTÍCULO 57.- Las personas participantes deberán presentar copia certificada del título profesional, diploma o certificado que acredite los conocimientos del nivel de estudios correspondiente, a fin de que la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, expida la certificación correspondiente.

Artículo reformado DOF 20-03-2026

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