Artículo 235-D. Para efectos del artículo 195 de la Ley, se consideran actos realizados por la agencia aduanal en el despacho aduanero de las Mercancías, los derivados de la tramitación de Pedimentos que firmen el o los agentes aduanales socios de la agencia aduanal o sus mandatarios acreditados legalmente para ello.
Artículo adicionado DOF 23-02-2026