TÍTULO SÉPTIMO - AGENTES ADUANALES, AGENCIAS ADUANALES Y REPRESENTANTES LEGALES · Capítulo adicionado DOF 23-02-2026
Artículo 235-H. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 167-J, fracción V, con relación al diverso 165, fracción II, inciso b) de la Ley, también se considerará que la agencia aduanal fue omisa en transmitir o presentar el permiso vigente, o bien, el documento que compruebe el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, cuando éste no ampare la Mercancía presentada a Reconocimiento Aduanero.
Artículo adicionado DOF 23-02-2026