Lectura de artículo · Reg_LAero

Artículo 179

REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

Artículo 179

Título Décimo Primero De la información, evaluación, verificación y trámites · Capítulo I De la información y evaluación

Artículo 179. Los estados financieros anuales del concesionario o permisionario de aeródromo de servicio general deberán ser auditados por contador público externo registrado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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