Artículo 73. Las actividades relacionadas con la protección especial del maíz contarán con un apartado específico en el Sistema Nacional de Información sobre Bioseguridad.
Artículo adicionado DOF 06-03-2009
Reglamento [Reg_LBOGM]
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Artículo 73. Las actividades relacionadas con la protección especial del maíz contarán con un apartado específico en el Sistema Nacional de Información sobre Bioseguridad.
Artículo adicionado DOF 06-03-2009
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
REGLAMENTO de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (Reg_LBOGM)
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