Reglamento [Reg_LBio]

Artículo 111 de REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles

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REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles (Reg_LBio)

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Artículo 111

TÍTULO CUARTO - DE LOS ACTOS DE VERIFICACIÓN Y LA SUPERVISIÓN · CAPÍTULO II - De las Sanciones Administrativas

Artículo 111. Para la aplicación de las sanciones previstas en la Ley, la SENER y la SADER deben fundar y motivar su resolución en la que consideren los aspectos y criterios previstos en esta.

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