TÍTULO QUINTO - PARTICIPACIÓN SOCIAL · CAPÍTULO ÚNICO - Del Reconocimiento a los Esfuerzos más Destacados en Materia de Biocombustibles
Artículo 114. Las personas interesadas en recibir el reconocimiento a los esfuerzos más destacados deben presentar ante la SENER una manifestación mediante la cual señalen su interés por participar. La SENER debe evaluar y entregar el reconocimiento de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita.