Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 32 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 32

TÍTULO SEGUNDO - Sistema Educativo Militar · CAPÍTULO IV - Personal de Apoyo a la Educación

ARTÍCULO 32.- La cantidad y especialidad del personal de apoyo a la educación asignado a cada Institución Educativa, será determinada en la planilla orgánica respectiva, y no podrá ser destinado al cumplimiento de funciones distintas a las de su especialidad.

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