Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 35 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 35

TÍTULO SEGUNDO - Sistema Educativo Militar · CAPÍTULO V - Autoridades Educativas Militares

ARTÍCULO 35.- La persona titular de la Secretaría ejerce la conducción del Sistema a través de la Dirección y Rectoría.

Artículo reformado DOF 20-03-2026

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