Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 4 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 4

TÍTULO PRIMERO - Disposiciones Generales · CAPÍTULO ÚNICO - Generalidades

ARTÍCULO 4.- La Dirección y Rectoría, es la responsable de:

I. Administrar la Educación Militar;

II. Acreditar, certificar y revalidar conocimientos militares, científicos, técnicos y humanísticos;

III. Realizar la investigación relacionada con el arte y la ciencia de la guerra, así como con otras áreas científicas;

IV. Difundir la educación y cultura, y

V. Promover la práctica docente.

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