Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 91 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 91

TÍTULO CUARTO - Proceso Educativo · CAPÍTULO V - De la Planeación Educativa

ARTÍCULO 91.- Para los efectos de la planeación educativa, el tiempo destinado a la práctica debe incluir el previsto para la actividad académica y de traslado hacia y desde las áreas donde serán realizadas las actividades mencionadas.

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